La decisión de dejar un puesto de trabajo por propia voluntad es una situación complicada con implicaciones legales importantes en lo que respecta al acceso a la prestación por desempleo y el derecho a una indemnización, a mayores del finiquito correspondiente. Se trata de un asunto muy personal al que se llega por diferentes causas como la falta de motivación, malas condiciones laborales, ambiente tóxico, relaciones incómodas, así como una serie de premisas contempladas por ley.
Frente a la fórmula tradicional del despido que ejecutan los empresarios cuando se quieren desprender de un trabajador está la figura legal conocida como «autodespido», que permite a los asalariados dejar libremente su puesto y recibir tanto la indemnización correspondiente como el derecho al desempleo, en función del tiempo que se ha cotizado en general y en la compañía en cuestión en particular, siempre que se demuestre que la parte contratante ha vulnerado gravemente las condiciones pactadas con el empleado.
Se trata de una opción regulada en los artículos 40, 41 y 50 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores que equipara los derechos del asalariado con los de un despido procedente, con compensaciones económicas, siempre que un juez lo estime, que van desde nueve, 20 o 33 días por año trabajado, según la antigüedad en la compañía, así como el paro correspondiente.
La causa más frecuente de autodespido suele ser la falta de pago. Si la empresa acumula al menos tres meses sin abonar los sueldos se realizan de forma irregular, más allá del décimo día del mes correspondiente, el trabajador puede reclamar la rescisión del contrato con derecho a una indemnización y a disfrutar del paro.
Los cambios drásticos en las condiciones laborales sin justificación adecuada también son causa de autodespido. Esto incluye modificaciones en el horario, turnos o reducciones salariales considerables. Por ejemplo, cambiar de un horario de lunes a viernes a turnos de fin de semana o reducir el salario sin un objetivo contractual válido son acciones que permiten al empleado reclamar una indemnización de hasta nueve meses.
Otro de los motivos es el traslado forzoso a un centro de trabajo en otra ubicación que implique cambios significativos en la vida del empleado. La organización tiene la obligación de notificar el traslado con al menos 30 días de antelación y garantizar condiciones razonables para el asalariado. Si no se cumplen estos requisitos, el empleado puede solicitar el despido con una indemnización de 20 días por año trabajado, hasta un máximo de 12 mensualidades.
El incumplimiento grave de las obligaciones por parte del empresario como la falta de seguridad e higiene o cuando no se proporciona un ambiente de trabajo saludable física o mentalmente forma parte del derecho al autodespido.
Los expertos también citan situaciones graves como el acoso laboral o una carga de trabajo excesiva que comprometa la salud física y mental del empleado.
En estos casos, es necesario siempre que estas circunstancias se puedan probar para que el asalariado tenga el derecho que la ley le otorga a una indemnización equivalente a la de un despido improcedente, en el que se incluye tanto el finiquito, como al paro y las indemnizaciones señaladas.
Situaciones especiales
Por otro lado, si un empleado cesa voluntariamente de su ocupación fuera de estos supuestos descritos, no podrá acceder al paro, salvo que cumpla con ciertos requisitos en un nuevo empleo. Por ejemplo, si tras la renuncia el asalariado comienza un nuevo trabajo y no supera el período de prueba, tendrá derecho a cobrar el paro siempre que la rescisión de su contrato se produjera después de tres meses de haber dejado su empleo anterior.