Crearán una Asociación de amigos del MUSS de Hellín

G.G.
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El Reglamento del Museo de Semana Santa entrará en vigor una vez que concluya el plazo para presentar alegaciones, reclamaciones o sugerencias, el próximo 6 de septiembre

Crearán una Asociación de amigos del MUSS de Hellín

Hasta el próximo 6 de septiembre está abierto el plazo para presentar alegaciones, reclamaciones o sugerencias al Reglamento de funcionamiento del Museo de Semana Santa (MUSS) aprobado inicialmente por el pleno del Ayuntamiento el pasado 26 de julio. El MUSS facilitará el acceso de los investigadores a sus fondos, tanto los expuestos habitualmente al público como a los almacenados y también, previa petición, podrán acceder a la biblioteca, que es un instrumento de uso del personal técnico de la institución, que dispondrá de un libro de observaciones y sugerencias, así como de las preceptivas hoja de reclamaciones, de acuerdo con la legislación vigente. Una vez aprobado el Reglamento será efectiva la Asociación de Amigos del MUSS constituida como instrumento y órgano de participación ciudadana. El Reglamento, que cuenta con 23 artículos, contempla un apartado dedicado a las Prohibiciones y sanciones, entre las que destaca la de no estar permitido el acceso a las salas «con alimentos y bebidas, u otro tipo de objetos que puedan ser usados pasa causar daño a las instalaciones o personas». Y no se podrán realizar fotografías con flash, ni se permite la entrada «con animales o mascotas, a excepción de perros-guía o asistentes de personas con capacidades diferentes». Se amonestará a quienes provoquen «escándalos o alteren el orden y, si reincide, se le expulsará y de negarse a salir quedará a disposición de la Policía Local». Y toda persona que cause un daño deberá responder por el mismo. En su articulado se recuerda que el MUSS «es una institución abierta al público, sin ánimo de lucro, al servicio de la sociedad y de su desarrollo, que adquieren, conservan, investigan, exhiben y difunden conjuntos y colecciones de bienes de valor histórico, artístico, arqueológico, paleontológico, etnográfico, industrial, científico, técnico, documental, bibliográfico o de cualquier otra naturaleza cultural, material e inmaterial, para fines de estudio, educación y disfrute intelectual y estético y que fomentan la participación cultural, lúdica y científica de los ciudadanos. Sin menoscabo de lo anterior, el museo podrá crear, cuando así se considere oportuno, otras secciones y servicios en relación con el patrimonio de la localidad».