Mañana se abre plazo para ayudas por lucro cesante en ganado

EP
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Se pueden solicitar durante un mes por medidas obligatorias por tuberculosis o viruela ovina y caprina en los tres años anteriores, siempre que se haya 'repoblado' en compensación por las cabezas perdidas. La cuantía es de 95 euros por animal

Castilla-La Mancha tiene 2,5 millones de ovejas y cabras, la cifra más baja del último lustro por la viruela y las medidas que se tuvieron que adoptar - Foto: Rueda Villaverde

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado este martes la Resolución de la Dirección General de Ordenación Agropecuaria de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural por la que se convoca, en régimen de concurrencia competitiva para el año 2024, las ayudas para compensar el lucro cesante de las explotaciones ganaderas en las que se haya impuesto un vaciado sanitario. El plazo de presentación de solicitudes comenzará este miércoles, 1 de mayo, y se prolongará durante un mes.

La finalidad de esta ayuda es garantizar la viabilidad de las explotaciones compensando la pérdida de ingresos de los ganaderos que han visto paralizada su actividad como consecuencia de un vacío sanitario de su explotación, decretado por la autoridad competente, según ha informado la Junta en nota de prensa.

La ayuda se integra en el Plan estratégico de Subvenciones 2024-2026 de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y contribuye al objetivo de mejora de la sanidad animal, incluidos los programas de higiene, protección de todas las especies animales y programas nacionales de erradicación de enfermedades y ayudas para mejora del sector ganadero en Castilla-La Mancha.

Se pueden beneficiar de estas ayudas personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o explotaciones de titularidad compartida, titulares de explotaciones ganaderas de ovino o caprino con clasificación zootécnica 'reproducción de leche', 'reproducción de carne' o 'reproducción mixta', ubicadas en Castilla-La Mancha, en las que se haya procedido al vaciado sanitario obligatorio ordenado por la autoridad competente dentro de los tres años anteriores a la correspondiente convocatoria, el cual haya sido causado por tuberculosis o por viruela ovina y caprina y haya repoblado la misma, una vez finalizado el periodo de cuarentena, con la reintroducción de animales.

Tal como recoge la resolución, la cuantía de las ayudas ascenderá a 95 euros por animal con un máximo por explotación de 60.000 euros. En cuanto al crédito presupuestario destinado a la financiación de la presente convocatoria asciende a 725.000 euros.