Absuelto cuando afrontaba la prisión por tráfico de drogas

J.G.
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El juez manifiesta que el consentimiento para registrar la vivienda «estaba claramente viciado»

Imagen de la plantación de marihuana que el acusado tenía en su vivienda - Foto: G.C.

El Juzgado de lo Penal 2 de Albacete ha absuelto a un hombre que se enfrentaba a dos años de prisión y al pago de una multa de 20.000 euros, por traficar con drogas. Dicha absolución se he debido a que el letrado de la defensa, Pedro Vergara García, solicitó la nulidad de lo actuado, y, en particular, de la diligencia de entrada y registro, un planteamiento que ha sido corroborado por el juez. 

Vergara señalaba a La Tribuna de Albacete, las razones por las que la diligencia de entrada y registro en la vivienda de su cliente debía ser declarada nula. «La misma fue obtenida valiéndose de un consentimiento viciado de mi cliente, en una 'intimidación ambiental' por parte de los agentes. El acusado iba en un estado de intoxicación de alcohol y drogas (reconocido en el atestado) cuando otorgó el consentimiento teniendo además una discapacidad mental del 67%, y tampoco nos encontrábamos ante un flagrante delito. No consta suscrita acta de autorización. Se ha vulnerado el derecho fundamental de la inviolabilidad del domicilio y debe de reputarse nula».

El juez. Sobre este tema, el juez dice que «el argumento de la Defensa debe prosperar según el leal saber y entender de este juzgador. Efectivamente, basta confrontar el atestado elaborado por los propios agentes para advertir sin problema que el acusado no estaba en plenitud de sus facultades mentales, al estar bajo una intoxicación. Es más, incluso en el acto de la vista el primero de los agentes que depuso así lo corroboró, resultando además que incluso reconoció que en un primer momento no prestó su consentimiento, haciéndolo poco después tras insistir ellos. Obviamente, no puede considerarse que el consentimiento otorgado fuera libre, consciente y seriamente emitido, sino que aquel estaba claramente viciado». 

 Según la sentencia, se considera probado que el día 6 de febrero del año 2021, agentes de la Guardia Civil del Puesto de Elche de la Sierra (Albacete) se movilizaron a consecuencia de un aviso de la Central Operativa de Servicio que puso en conocimiento de la patrulla formada por dos agentes, que en una calle de la pedanía de La Vegallera (Molinicos) (Albacete), existía una discusión entre los miembros de una pareja.

Desplazados hasta el citado inmueble, los actuantes se encontraron con el acusado en las presentes, D.A.S., mayor de edad y con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, que presentaba evidentes síntomas de intoxicación etílica.

Los funcionarios actuantes accedieron al interior de la casa en búsqueda de la pareja de aquel, y tras percibir un fuerte olor a marihuana en el interior de la casa, recabaron el consentimiento del acusado para registrar la vivienda, encontrando que en su interior había 47 plantas medianas de marihuana. Contra la sentencia cabe interponer recurso de apelación ante la  Audiencia Provincial de Albacete en el plazo de 10 días, a partir de la última notificación a las partes.