Habrá mediación previa a la demanda en el 40% de los casos

J.G.
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La Ley Orgánica 1/2025, que entra en vigor el 3 de abril, traerá modificaciones en los procedimientos civiles y mercantiles

Imagen de las oficinas del Colegio de la Abogacía de Albacete. - Foto: R.S.

El próximo 3 de abril entrará en vigor la Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, cuya principal novedad es la implantación de los Tribunales de Instancia como nueva estructura judicial. 

Sin embargo, la Ley establece nuevas medidas de las que se ha hablado menos, como la obligatoriedad de que las partes dentro de un proceso judicial se sometan a métodos alternativos de resolución de conflictos como requisito previo para interponer una demanda.

Se trata de los Medios Adecuados de Solución de Controversias, MASC, que la ley define como «cualquier tipo de actividad negociadora, reconocida en esta u otras leyes, estatales o autonómicas, a la que las partes de un conflicto acuden de buena fe con el objeto de encontrar una solución extrajudicial al mismo, ya sea por sí mismas o con la intervención de una tercera persona neutral». 

El nuevo texto fija como mecanismos válidos para la resolución de controversias «cualquiera de las modalidades de negociación previa reguladas en este capítulo -en referencia a la propia ley-, a la mediación regulada en la Ley 5/2012 o a cualquier otro medio adecuado de solución de controversias previsto en otras normas». 

El Ministerio de Justicia, afirma que existen seis mecanismos, concretamente habla de: mediación, conciliación, negociación, derecho colaborativo, oferta vinculante confidencial y opinión de persona experta independiente. Las partes tendrán la posibilidad de llevar a cabo la negociación de forma directa o, en su caso, a través de sus abogados o de un proceso de Derecho colaborativo. 

El decano del Colegio de la Abogacía de Albacete, Albino Escribano, afirma que serán muchos los casos que tengan que pasar por una mediación, ya que estas medidas serán obligatorias para los asuntos civiles y mercantiles, así como para los trasnfronterizos; es decir, aquellos en los que, al menos una de las partes, resida en un país diferente al del resto de los involucrados en el litigio. «Previamente a interponer la demanda, se establece como requisito de procedibilidad; es decir, será necesario para la admisión, el haber intentado una negociación entre las partes. Serán muchos los casos susceptibles de mediación, aunque se excluye la jurisdicción contenciosa, la penal y la social (aunque en la social ya hay mediación previa). Van a ser muchos los casos sujetos a este requisito, aproximadamente podrían ser un 40% de los casos».

Una negociación que tendrá que ser probada para que el juzgado admita la demanda, si es que no hay acuerdo. «Todo esto se tendrá que acreditar documentalmente al juzgado, para, en caso de no llegar a un acuerdo, que se pueda admitir la demanda».

Cabe señalar que no podrán someterse a los MASC controversias sobre derechos indisponibles para las partes o sobre materias expresamente excluidas por la legislación aplicable. Así, se exigirá que se lleve a cabo esta actividad negociadora previa a la vía jurisdiccional como requisito de procedibilidad en todos los procesos declarativos del libro II (juicio ordinario y juicio verbal) y en los procesos especiales del libro IV de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Por otra parte, no será necesario acudir a este tipo de mecanismos en supuestos como la solicitud de medidas cautelares previas a una demanda.

Escéptico. Aunque el juez decano cree que la medida puede ser positiva se muestra algo escéptico con los resultados que pueda ofrecer. «Es algo que me parece bien, hay que intentarlo, el principio de la Ley es que hay que intentar pasar primero por el templo de la concordia, antes que por el templo de la Justicia y eso me parece un buen criterio y de hecho, la abogacía está acostumbrada a ello, otra cosa es que a partir de ahora eso tenga alguna efectividad, esperemos que la medida funcione porque la Justicia tiene un atraso extraordinario».

En esa línea, el juez decano señala que temen que la mediación pueda suponer más problemas burocráticos. «Puede convertirse en un retraso burocrático, porque el juzgado te va a exigir acreditar documentalmente esa negociación y eso va a suponer una burocracia añadida, en el sentido de que tenemos que acreditar que lo hemos llevado a efecto y que no ha dado resultado. Además la Ley exige que lo hagamos de buena fe y no sabemos como se interpretará ese requisito. De momento, la verdad es que todo el mundo tiene bastantes dudas en cuanto a su realización, como a la efectividad de la medida».

Y es que los letrados albacetenses tienen experiencia con la mediación. «El Colegio de la Abogacía tiene una Asociación de Mediación y el propio juez decano estaba muy interesado en llevar a cabo estas mediaciones, pero no han tenido mucho éxito en nuestra provincia».

En este sentido, el decano de los letrados explicaba que «lo que se remitía se quedaba prácticamente en la primera sesión que era una sesión informativa e inmediatamente ya se dejaba de llevar a cabo la posibilidad de mediación. Solamente conozco uno o dos asuntos en los que se haya llevado la mediación y de hecho últimamente ni siquiera se remitían casos a mediación por parte del Juzgado, con lo que esa mediación intrajudicial ni siquiera se establecía». 

En cualquier caso, señala que la mediación puede funcionar. «Sé que en otros lugares, como Cataluña o País Vasco ha tenido cierto éxito en algunos aspectos, pero, desde luego en lo que nosotros conocemos la mediación no ha dado resultados».

Escribano afirma que si la mediación no ha triunfado en Albacete es porque no hay una cultura al respecto. «Quizá hay una falta de esa cultura del acuerdo que hemos intentado establecer nosotros. Es cierto que, en los despachos de abogados también, aunque eso se desconoce por la Administración de Justicia, se solucionan miles de asuntos cada año, pero hay otros en los que la voluntad del cliente lo impide. Muchos casos se resuelven en los despachos, otra cosa es someterse a mediación, pero parece que el ciudadano tiene más fe en lo que pueda resolver un juez o que su conocimiento técnico pueda ser más decisivo a la hora de dar la razón».

En cualquier caso, el decano de los letrados albacetenses asegura que en la provincia están preparados para los MASC. «En lo referente a la mediación, creo que  los operadores judiciales de Albacete están preparados  para hacer frente a esta nueva ley, sin perjuicio de que cada uno tenga sus interpretaciones, imagino que se irán adaptando todas esas interpretaciones y se irán unificando pero, de momento, yo creo que para acreditar una negociación previa no habrá problema, lo que pasa es que la ley plantea otras  cuestiones de reorganización de la planta judicial, que esas son más complejas y veremos el resultado que producen».

Sobre esa preparación, Escribano recuerda que los abogados albacetenses se formaron para poder mediar. «El Colegio realizó ya, hace muchos años, cursos de mediación, los abogados los han venido realizando y ahora lo que tenemos que hacer es implementarlo e incluso tratar de establecer la intervención del Colegio para esta cuestión, para poder acreditarlo en los procedimientos».