El Juzgado de Primera Instancia Número Dos de Albacete ha desestimado, mediante sentencia, todas las pretensiones solicitadas por José Ramón Conesa, Leticia Alejandra Martínez y José Bernabé, exconcejales de VOX en el Ayuntamiento de Albacete, que acudieron a la Justicia solicitando dejar sin efecto las sanciones disciplinarias impuestas a los demandantes. Asimismo, los demandantes pedían volver al grupo municipal VOX en el Ayuntamiento de Albacete.
Cabe recordar que propiciaron con su voto que salieran adelante los presupuestos presentados por el Partido Popular en el Ayuntamiento de Albacete. Tan solo la concejal de VOX, Lorena González, votó en contra y hoy en día es la única concejal y portavoz de VOX que queda en el consistorio de los cuatro concejales que obtuvieron en las pasadas municipales.
El Juzgado considera que los citados ediles no han visto menoscabados sus derechos fundamentales por la decisión del partido VOX, ante la que han podido defenderse y recurrir. Además, explica el auto, que la resolución del partido VOX de suspenderlos de la militancia está suficientemente motivada, aborda todas las alusiones fácticas que se dicen sancionables en el expediente y examina las alegaciones exculpatorias de los demandantes.
El letrado de VOX, Javier García Morcillo, afirmó que los tres concejales conocían a las personas que formaban el Comité de Garantías y al instructor, no sólo porque se les comunicó, sino porque cuando se aprueban los estatutos se les comunica quienes son.
También señaló que no había desproporción en la actuación de VOX. «Hablan de desproporcionalidad, pero VOX actuó como hace siempre. Ellos conocían las directrices del partido desde que entraron y se salen de la línea marcada. Lo que ha habido aquí es un pulso. Ellos dijeron que sólo respondían ante Dios y España y que iban a hacer lo que consideraran conveniente, a pesar de haber dicho que iban a seguir la disciplina de partido».
Además, afirmó que la votación de los presupuestos, que venían prorrogados de los del PSOE, eran la votación más importante del año. «Se han saltado la disciplina de partido, no se ven afectados los derechos fundamentales de los demandantes. Han desobedecido al partido y por eso se debería desestimar la petición».
El juzgado señala que no cabe hablar de vulneración de la libertad de expresión de los exconcejales de VOX, como indicaban en su petición de medidas, ya que Conesa, Leticia y José no han visto cercenado sus derechos de expresión, asociación o participación política, pues pueden seguir participando en la conformación de las decisiones municipales y emitir libremente sus opiniones; aun con cierta carestía de medios materiales y humanos que antes les brindaba su pertenencia al partido demandado, circunstancia ésta de la escasez de medios que no es atribuible en modo alguno a la parte demandada, sino la consecuencia previsible del alejamiento de los actores de la formación política.
El fiscal se mostró de acuerdo con lo dicho por el letrado que representa a VOX. «Conocían las directrices del partido. No hay indicios de vulneración de sus derechos fundamentales». Ahora el juez desestima todas las pretensiones propuestas por los díscolos de VOX y los condenan en costas. Esta sentencia no es firme y cabe recurso de apelación.