Víctor Arribas

VERDADES ARRIESGADAS

Víctor Arribas

Periodista


Derechos humanos

28/01/2024

Aquella mañana de octubre de 2019, un grupo de personas organizadas por los radicales conocidos como Comités de Defensa de la República catalana cortaron la carretera C-55 que conecta los pueblos de la comarca de Manresa, vertiendo aceite sobre la calzada. Por allí tenían que pasar los furgones con los presos del proceso independentista a los que el Tribunal Supremo acababa de condenar por su golpe contra el Estado. El derecho fundamental a moverse libremente de miles de ciudadanos se vio cercenado aquél día, y ese es uno de los Derechos Humanos considerados fundamentales desde la Declaración Universal que se aprobó en París en 1948. La fiscalía consideró, cuando todavía buscaba delitos en los hechos ocurridos en aquellos nefastos días, que los organizadores eran presuntos integrantes de una organización de carácter terrorista, en cuyo poder se incautaron documentos, información y explosivos para cometer atentados como forma de propiciar las condiciones necesarias para un nuevo desafío a la legalidad.

Ahora se ha legislado para que, si los jueces consideran que todo aquello fue terrorismo, nadie sea culpable y todos puedan ser amnistiados si no atentaron contra esos derechos humanos tan rebuscados y siempre en boca de los políticos que precisamente más contribuyen a horadarlos. Aquella mañana muchos ciudadanos llegaron tarde o no pudieron llegar a sus trabajos. Derecho al trabajo, uno de los derechos fundamentales del ser humano según la Declaración de París. Otros muchos tuvieron que quitarse de encima el chapapote de aceite que los defensores de la independencia catalana al precio que sea, y no pudieron hacer esa entrevista necesaria para lograr un puesto laboral con el que empezar a labrar su futuro. Seguro que esa mañana, los acólitos de los supuestos terroristas (Fiscalía dixit) que se encapucharon y liberaron sobre el asfalto las latas con el líquido viscoso, impidieron con su acción que algún paciente enfermo crónico pudiera llegar por la C-55 al hospital, posiblemente el de Sant Joan de Déu, para recibir el tratamiento para paliar su dolencia. Derecho a recibir una asistencia sanitaria digna, un derecho que es frecuentemente empleado en discursos políticos o politizados.

Derecho a la libertad de movimientos, derecho al trabajo, derecho a la sanidad pública. Con los cambios que esta semana se han introducido en la Ley de Amnistía que va a beneficiar a los líderes independentistas, sólo pueden ser acusados por terrorismo los delitos que supongan una violación de derechos como éste, y no sólo los que quebranten el derecho a la vida, que sería el único motivo para considerar terrorista una acción como se nos está haciendo creer. La estratagema para sacar del Código Penal lo que hace tan sólo unos meses la propia Fiscalía consideraba como claros ejemplos de terrorismo debería ser desmontada por los jueces con la interpretación que hagan de lo ocurrido y del espíritu de lo que han pactado los socialistas con los socios de Sánchez. Pese al chaparrón de epítetos que recibirían, tal vez muchos españoles se reconciliarían con el sistema que hoy está claramente en entredicho.