Recurren la sentencia del condenado por asesinar y violar

Josechu Guillamón
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La abogada defensora María del Carmen Morallón, dice que el procesado no tuvo intención de matar

Imagen de la abogada María del Carmen Morallón. - Foto: Víctor Fernández

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha acogió ayer una vista en la que la letrada María del Carmen Morallón, presentó un recurso contra la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Albacete, que condenó a su cliente a prisión permanente revisable por asesinar a golpes a un amigo y a 11 años por violarlo.

En la vista no hubo sorpresas, ya que la abogada mantuvo las tesis que ya adelantó a La Tribuna de Albacete, para lograr una menor condena para su defendido. En este sentido, la abogada defendió que su cliente no asesinó al fallecido, sino que fue un homicidio imprudente, por lo que no cabría la pena de prisión permanente revisable impuesta por la Audiencia Provincial. Además también solicitó una reducción de pena, al entender que se le debería aplicar a su cliente la atenuante de confesión.

Morallón expone que la condena impuesta a su cliente no es la adecuada, entre otras cosas porque no se ha respetado su derecho a la presunción de inocencia. «Carece de toda base razonable la condena impuesta, habiéndose producido una vulneración del derecho fundamental a la presunción de inocencia y el principio in dubio pro reo, en relación con la valoración de la prueba».

Sin intención de matar. La letrada añade que aunque murió por los golpes de su mandante «no consta acreditada la intencionalidad de matar». Como la abogada entiende que su cliente no tenía esa intención de matar, cree no debió de ser condenado por asesinato sino por un «homicidio imprudente». «La acción de golpear a la víctima con propósito de violarlo y posteriormente dejarle abandonado sin proporcionarle ayuda, fue una acción imprudente que origino la muerte a éste».

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