Dos meses después del perdón al procés

Agencias
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Un centenar de personas se ha beneficiado ya de la amnistía desde su entrada en vigor, con Puigdemont como principal excluido pendiente aún de la resolución de sus frentes judiciales

El expresident huido tiene dos causas abiertas: una por las consecuencias del 1-O y otra por la supuesta trama rusa del independentismo catalán. - Foto: David Borrat (EFE)

Entre condenados exonerados y absueltos que han visto cancelados sus antecedentes, al menos a 102 personas se les ha aplicado ya la ley de amnistía. Un perdón al procés que acaba de cumplir dos meses desde su entrada en vigor pero que todavía mantiene excluido al que, a la postre, sería el gran beneficiado por la norma: el expresident prófugo, Carles Puigdemont. 

Mientras, entre los favorecidos de mayor relevancia se encuentran el jefe de la oficina del propio líder de Junts, Josep Lluís Alay, y su escolta Lluís Escolà; el exconseller de Interior del Govern Miquel Buch, y varios exconcejales del PSC y la exalcaldesa de Figueres Marta Felip.

Todas las amnistías concedidas se acordaron en los tribunales y juzgados con sede en Cataluña, aplicándose a encausados por delitos de malversación, prevaricación, desobediencia, desórdenes públicos, pertenencia a grupo criminal, tenencia de artefactos explosivos, delitos contra la seguridad vial, atentado contra la autoridad, y contra la integridad moral y lesiones.

No obstante, el número de beneficiados estimado por la Fiscalía -existen 82 causas y 486 personas podrían disfrutar de la amnistía- todavía está lejos de alcanzarse. Y es que, el Ministerio Público ya matizó que es posible que no todo quepa en el perdón, porque hay casos con delitos que no se incluyen en la ley, -como, por ejemplo, los de odio- en conjunto con otros que sí se contemplan en el texto legal.

Con retraso

En algunos casos, además, el proceso de su posible aplicación se dilatará meses. Así ocurre con el expresident Quim Torra y los exdiputados del Parlament Pau Juvillà (CUP) y Bernat Solé (ERC). A finales del pasado julio la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) acordó elevar sus respectivas causas al Constitucional ante las dudas de que la aplicación de la amnistía vulnere preceptos recogidos en la Carta Magna.

El TSJC también planteó cuestiones de inconstitucionalidad en los hechos imputados a la exconsellera de Cultura Natalia Garriga (ERC); el exsecretario de Vicepresidencia de la Generalitat Josep Maria Jové, y al exsecretario de Hacienda y actual presidente del Puerto de Barcelona, Lluís Salvadó.

En paralelo, el principal excluido en la aplicación de la norma es Puigdemont, a quien todavía le quedan pendiente dos frentes judiciales: las consecuencias del procés y la supuesta trama rusa del independentismo catalán.

En el primer caso, el juez Pablo Llarena rechazó aplicar la amnistía al delito de malversación, el único que se le imputa actualmente. Sobre el líder de Junts pesa precisamente una orden de detención que debió ser ejecutada tras su regreso a España la pasada semana, pero su huida evitó de nuevo que declarase ante el magistrado.

En el segundo caso, el relativo a los presuntos contactos del independentismo con el Kremlin para lograr apoyos, el Alto Tribunal debe contestar a la exposición razonada que el juez Joaquín Aguirre le remitió pidiendo que investigase al expresidente prófugo.

Cargas policiales

Los que sí han resultado amnistiados son 46 agentes de la Policía Nacional implicados en las cargas del 1-O en colegios electorales de Barcelona. El juez consideró que la norma debía ser aplicada en este caso porque «las actuaciones investigadas fueron de escasa duración individual» y estuvieron «enmarcadas en un objetivo policial definido» que no se prolongó en el tiempo.

La Audiencia de Barcelona, por su parte, ha amnistiado a cuatro miembros de los Mossos d'Esquadra acusados de delitos contra la integridad moral y lesiones.

Manifestantes

Al margen, la ley también ha afectado a una treintena de manifestantes en las últimas semanas. Unos habían sido condenados por un delito de atentado contra la autoridad durante las protestas del 1-O; otros por las manifestaciones en Cataluña entre 2018 y 2019 a favor del procés.

Sin embargo, varios tribunales han acordado esperar a aplicar la amnistía ante las dudas que tienen sobre la legalidad de la norma. El Supremo ha consultado ya al Constitucional sobre los desórdenes públicos, al considerar que vulnera el derecho a la igualdad y el principio de seguridad jurídica.

De igual modo, el Alto Tribunal ha planteado la posibilidad de preguntar a la Corte de Garantías sobre la redacción de la norma en lo relativo a los delitos de desobediencia.

Por su parte, en la Audiencia Nacional y el TSJ de Cataluña han barajado consultar a la Justicia europea por la aplicabilidad de la ley a los delitos de terrorismo, desobediencia, prevaricación y malversación. De hecho, ya el pasado 1 de julio, el Supremo rechazó aplicar la amnistía al delito de malversación.