CCOO informó hoy de que el pasado 4 de enero adquirió firmeza, toda vez que el Tribunal Superior de Justicia rechazó un recurso de la parte demandada, una sentencia que condena a una sociedad cooperativa de Navas de Jorquera, dedicada al sector del champiñón, por vulneración de derechos fundamentales, al haber sometido «a presiones y acoso» a los trabajadores que decidieron presentarse por ese sindicato en las elecciones sindicales «y vulneración de su integridad física y moral».
La decisión judicial confirma las sanciones impuestas anteriormente por el Juzgado de lo Social número 1 de Albacete, que condenaba a Colladochamp al pago de indemnizaciones por 40.001 euros (30.000 al sindicato y 10.000 a la trabajadora que fue su representante), así como a asumir el montante de las costas judiciales.
Itsaso Cortés, secretaria de la Federación de Industria de CCOO Albacete, calificó el fallo judicial como «una victoria amarga», ya que se reconocen los derechos sindicales y de las tres personas que se presentaron en la lista de CCOO, «pero todas están ya fuera de la empresa». Según indicó, dos de ellas fueron despedidas, en decisiones que luego fueran declaradas improcedentes en los juzgados en procesos anteriores, y una tercera presentó una demanda de resolución de contrato tras haber estado de baja por ansiedad «después de que la cooperativa amenazara incluso con demandarla».
De acuerdo al relato de Cortés y la sindicalista Ana María Marín, los hechos comienzan en abril de 2022 cuando la empresa tuvo conocimiento de que estaba obligado a elaborar un plan de igualdad al contar con 100 trabajadores, el doble de los que la legislación exige como mínimo para elaborar ese documento. Semanas después, UGT solicitaba la convocatoria de elecciones sindicales y el presidente de la cooperativa, tras conocer que se había presentado una lista en representación de CCOO, «comenzó un proceso de persecución a esas personas para que renunciarán a ir con Comisiones Obreras, algo que consiguieron con dos de cinco». Además, «no se dejó acceso al sindicato a las instalaciones para hablar con la plantilla», según señaló la secretaria de Industria.
El proceso electoral deparó la elección de una única representante por CCOO a la que Marín indicó que se presionó para firmar documentos sin poder leerlos. «Cuando se constituyó el Comité de Empresa, nuestra representante fue avisada con apenas tiempo para que pudiera ir acompañada de asesores del sindicato y se le pidió que aceptara el Plan de Igualdad en ese mismo momento, negándole que pudiera leerlo y estudiarlo con detenimiento», explicó.
Después, a los tres candidatos «se les sacó de los grupos de trabajo y los meten en naves en mal estado, donde era imposible llegar a los kilos mínimos recogidos que exige la empresa, que paga a destajo, algo que es ilegal». Esa situación, unida a una amonestación posterior (también recurrida), llevó a los dos mencionados despidos «por baja productividad», que se reconocieron improcedentes, y a la posterior demanda «por acoso laboral y sindical», proceso que concluyó «demostrando que la empresa hizo lo posible porque CCOO no tuviera representación y no pudiera comunicarse con los trabajadores», de acuerdo a Cortés.