El salón de actos de la Diputación Provincial de Albacete acoge mañana 9 de mayo, a partir de las 16 horas, una Jornada sobre Discapacidad e Incapacidad y Derechos Laborales en el Paciente Oncológico, organizada por la Asociación de Mujeres Afectadas de Cáncer de Mama y Ginecológico de Albacete (AMAC).
Dicha jornada contará como ponentes con la participación de Elías Rovira, profesor universitario de la Facultad de Enfermería del Campus de Albacete, que expondrá "Las posibles complicaciones" que surgen de un proceso oncológico; Laura Pérez, trabajadora social y técnica de empleo de Cocemfe y CLM Inclusiva dará una ponencia bajo el título "Reinventarse en el mercado laboral: Servicio de intermediación laboral de Castilla-.La Mancha Inclusiva Cocemfe"; mientras que el abogado experto en Derecho Laboral y Seguridad Social, Gonzalo Pérez, hablará de "Incapacidad permanente, diferencias entre discapacidad/incapacidad y CUME (cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave).
La jornada servirá de nuevo para poner sobre la mesa una vieja reivindicación de la asociación, que las mujeres que son diagnosticadas de cáncer de mama y ginecológico puedan obtener el 33% de discapacidad, con independencia de la evolución que luego tenga su enfermedad oncológica, como ya tienen las familias de niños con cáncer.
El ponente Gonzalo Pérez aclarará en su intervención que ambos conceptos no son incompatibles, ya que una persona puede obtener por ejemplo debido a su enfermedad un 44% de discapacidad tras ser valorado en el Centro Base de valoración de la Discapacidad, y sin embargo no obtener una incapacidad permanente total o absoluta que concede el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Por regla general a una persona trabajadora que enferma por un cáncer se le concede una baja por contingencias comunes, ya que también hay ciertas profesiones que pueden hacer que el trabajador contraiga un cáncer derivado de esa actividad laboral, caso éste último en el que recibiría una baja por enfermedad profesional.
Ya sea una u otra la situación en la que se encuentre el paciente éste puede optar a que le reconozcan un grado de discapacidad y a la vez un grado de incapacidad. Los beneficios económicos en este último caso pueden variar entre si a la persona en cuestión le reconocen una incapacidad total, por lo que percibirá el 55% de la base reguladora antes de cumplir los 55 años y pasada esa edad la cantidad percibida de incrementa al 75%; en cambio si al enfermo se le concede una incapacidad laboral absoluta o una gran invalidez cobrará entre el 100% y el 150% de la base reguladora de la nómina.
Durante su intervención el ponente expondrá los diferentes grados de incapacidad que existen y hablará además de otra prestación muy desconocida, CUME, por cuidado del menor con cáncer u otra enfermedad. Dicha prestación compensa la pérdida de ingresos de las personas que reducen su jornada laboral por la necesidad de cuidar de sus hijos durante el tiempo de hospitalización y del tratamiento continuado de la enfermedad. En este caso puede solicitarse como mínimo una reduccion del 50% de la jornada y un máximo del 99,99%.
Al finalizar las diferentes intervenciones de los conferenciantes, se abrirá un turno de preguntas para que los asistentes puedan exponer sus dudas al respecto.