Recurren la sentencia del acusado de violar y matar a un amigo

Josechu Guillamón
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La letrada del condenado, María del Carmen Morallón, considera que el procesado no tuvo intención de matar y que, por tanto, fue un homicidio imprudente y que se debería aplicar la atenuante de confesión

Imagen de la abogada de la defensa, María del Carmen Morallón. - Foto: Víctor Fernández

La defensa del hombre que fue condenado a prisión permanente revisable por asesinar a golpes a un amigo y a 11 años por violarlo, ha recurrido la sentencia de la Audiencia Provincial, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

 La abogada defensora, María del Carmen Morallón, expone en su recurso tres razones por las que cree que la condena impuesta a su cliente no es la adecuada. En primer lugar, señala que no se ha respetado su derecho a la presunción de inocencia. «Carece de toda base razonable la condena impuesta, habiéndose producido una vulneración del derecho fundamental a la presunción de inocencia y el principio in dubio pro reo, en relación con la valoración de la prueba». La letrada añade que aunque murió por los golpes de su mandante «no consta acreditada la intencionalidad de matar».

Como afirma que su cliente no tenía intención de matar, no debió de ser condenado por asesinato sino por un «homicidio imprudente». «La acción de golpear a la víctima con propósito de violarlo y posteriormente dejarle abandonado sin proporcionarle ayuda, fue una acción imprudente que origino la muerte a éste».

 Para terminar, señala que hay «una insuficiente motivación del veredicto en relación con los elementos de convicción expuestos para no apreciar la atenuante de confesión». «El Jurado ha estimado la atenuante analógica de confesión en relación  a la ejecución del delito de agresión sexual, pero no en el delito de asesinato, si bien esta parte entiende que de la prueba practicada a lo largo de la vista y la que obra en las actuaciones, se deduce que se cumplen los requisitos jurisprudenciales exigidos para aplicar la atenuante simple de confesión en los dos delitos».