El Gobierno de Castilla-La Mancha, a través de la Consejería de Desarrollo Sostenible, ha celebrado este miércoles la primera reunión de la Comisión de Seguimiento de la medida agroambiental para compatibilizar las prácticas agrarias en cultivo de herbáceas de secano con la conservación de aves esteparias de ocho zonas ZEPA esteparias de la región.
Como ha manifestado la directora general de Medio Natural y Biodiversidad, Susana Jara, que ha presidido la reunión en la que ha participado junto a su equipo técnico de la Consejería de Desarrollo Sostenible y representantes de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, además de los agricultores de todas las zonas ZEPA involucrados, "el objetivo es sentar las bases de cara a establecer una comunicación fluida y directa de los gestores de estos espacios y los agricultores acogidos a la medida agroambiental y aclarar las dudas que se han suscitado con la implantación de estas nuevas medidas", ha asegurado.
Jara ha recordado que se han identificado en la región ocho Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPAs) vinculadas a ambientes esteparios de las cinco provincias: Área Esteparia del este de Albacete, Zona Esteparia de El Bonillo, Campo de Calatrava, Áreas Esteparias del Campo de Montiel, San Clemente, Estepas Cerealistas de La Campiña, Área Esteparia de la Mancha Norte y Área Esteparia de la margen derecha del río Guadarrama.
Estas ocho ZEPAs están organizadas en función del valor de los recursos naturales existentes. De esta forma las zonas de conservación prioritaria (zona A) son aquellas de carácter cerealista en las que se van a adoptar medidas adicionales en las prácticas agrarias, compatibles con la conservación de las aves esteparias.
Susana Jara ha recordado que estas medidas adicionales, llevadas a cabo en las explotaciones agrarias, son compensadas a través del Plan Estratégico de la PAC (PEPAC 2023-2027) a aquellos agricultores que voluntariamente ha optado por acogerse a las mismas. Estos compromisos tienen un período de vigencia de cinco años (2024-2029) con una compensación de 192,90 euros por hectárea para una superficie final de 42.392 hectárea y un presupuesto de 41 millones de euros.
Para alcanzar los objetivos del Plan de Gestión y para la correcta aplicación e interpretación de las medidas establecidas en el mismo, como ha dicho Jara, "es fundamental, poner en marcha y mantener las comisiones de seguimiento en las que están representadas las asociaciones de personas agricultoras implicadas en el territorio".
En este sentido, la directora general ha agradecido a los agricultores de las zonas esteparias y representantes técnicos por su participación y aportación durante la reunión "para trabajar en solucionar las cuestiones planteadas. Nos hemos emplazado a una segunda reunión para octubre y mientras tanto ayudar a los agricultores a solucionar las dudas que vayan surgiendo e ir avanzando poco a poco en todos los asuntos", ha recalcado.
De esta forma, "se ha acordado que en la próxima reunión de la comisión de seguimiento se trate la aplicación del calendario de labores que hemos establecido en el Plan de las áreas esteparias. Y trabajaremos para que este calendario sea claro y no dé lugar a ningún tipo de interpretación que pueda suponer alguna consecuencia futura en el cobro de las ayudas de estas medidas adicionales que exigimos a los agricultores por estar en zonas ZEPA esteparias", ha dicho Jara.
Objetivos del Plan recogidos en la Ley. La revisión del Plan de Gestión de Zonas de Especial Protección para las Aves de Ambientes Esteparios, publicado el día 15 de mayo de 2024 en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) persigue objetivos, según la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, como identificar y localizar los espacios y elementos significativos del patrimonio natural del ámbito objeto, los valores que los caracterizan, así como la integración y relación con el territorio.
También, ha dicho, identificar la capacidad e intensidad de uso del patrimonio natural y, consecuentemente, señalar alternativas de gestión y limitaciones que deban establecerse a la vista de su estado de conservación; así como señalar los regímenes de protección que procedan para los diferentes espacios, ecosistemas y recursos naturales presentes en su ámbito territorial, orientadas a mantener, mejorar o restaurar los ecosistemas, su funcionalidad y conectividad.
Entre ellos, se ha indicado por último, figuran también prever y promover la aplicación de medidas de conservación y restauración de los recursos naturales y los componentes de la biodiversidad y geodiversidad que lo precisen; y contribuir al establecimiento y la consolidación de redes ecológicas que permitan los movimientos y la dispersión de las poblaciones de especies de la flora y de la fauna y el mantenimiento de los flujos que garanticen la funcionalidad de los ecosistemas.