El Juzgado de lo Penal 3 ha condenado a un año y medio de prisión a un individuo por agredir sexualmente a la que había sido su suegra y por causarle lesiones leves.
Cabe destacar que inicialmente el acusado se enfrentaba a cuatro años de prisión, cinco años de libertad vigilada, seis años de alejamiento de su víctima y a pagar una multa de 1.080 euros.
Sin embargo, en el juicio, celebrado el pasado viernes, el procesado llegó a un acuerdo con la Fiscalía, por el que reconoció los hechos, a cambio de una rebaja de la pena.
Aunque fue condenado a un año y medio de cárcel, el procesado evitará la prisión si no delinque en un periodo de tres años y cumple varios requisitos. En primer lugar tendrá que someterse a programas de reeducación sexual, tendrá que satisfacer la indemnización de 425 euros para la víctima por los perjuicios causados y no podrá acercarse a la misma, ni comunicar con ella, por un periodo de cinco años. Además estará en libertad vigilada durante cuatro años.
En cuanto a lo sucedido, el procesado, E.G.C., que en el momento de los hechos tenía 29 años, reconoció que la noche del 11 de octubre de 2019, sobre las 23,30 horas, se personó en el domicilio de la que había sido su suegra, que en ese momento tenía 51 años.
La mujer, creyendo que el acusado iba a comentarle algún tema relacionado con su hija (ya que él había sido pareja de la misma) o sobre sus nietos, le abrió la puerta.
Una vez dentro del domicilio, el acusado se desnudó y con ánimo de satisfacer su deseo sexual, comenzó a tocarle los pechos por encima de la ropa, diciéndole su víctima que la dejara tranquila, insistiendo el acusado en su intención, intentando quitarle la ropa. La denunciante trataba de impedir que la desnudara, dándole empujones y llegando a abofetear al acusado, procediendo entonces el procesado a cogerla fuertemente de los brazos, produciéndose un forcejeo entre ambos, que hizo que, finalmente, cayeran al suelo.
A continuación, el acusado se masturbó, llegando a eyacular sobre el camisón que llevaba puesto la víctima. Como consecuencia de estos hechos, la mujer sufrió lesiones consistentes en policontusiones (hematoma en el brazo izquierdo, hematomas en el brazo derecho y hematoma en la pierna izquierda), para cuya sanidad precisó de una primera asistencia facultativa y no sufrió secuelas.
El 21 de octubre de 2019, se acordó prohibir al acusado aproximarse a la denunciante.