El Juzgado de lo Penal número 1 de la capital acaba de emitir el fallo de la sentencia por el juicio que se siguió contra una registradora de la propiedad acusada de acoso laboral por seis de sus trabajadores.
La sentencia condena a la acusada M.D.P.R.T., a 12 años de prisión como autora responsable de seis delitos contra la integridad moral en su modalidad de acoso laboral del artículo 173.1º inciso segundo del Código Penal, y por seis delitos de lesiones psíquicas del artículo 147.1 del Código Penal, concurriendo en todos ellos la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas del artículo 21.6 CP. En concreto, por cada uno de los seis delitos contra la integridad moral en su modalidad de acoso laboral se le impone la pena de un año de prisión, así como la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de registradora de la propiedad durante el tiempo de la condena.
Asimismo, por cada uno de los seis delitos de lesiones psíquicas del artículo 173.1 CP, el fallo de la sentencia determina una pena de un año de prisión, así como la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Igualmente, se condena a M.D.P.R.T. a indemnizar a cada uno de los perjudicados, J.L.G., A.M.L.G., C.R.R., F.R.G., M.J.M.T. e I.C.L.N., por los daños morales ocasionados por la situación de acoso laboral sufrida, en la cantidad de 20.000 euros a cada uno, cantidad que suma 120.000 euros, con aplicación en su caso de los intereses en su caso del artículo 576 LEC. Se impone a M.D.P.R.T. el pago de las costas procesales, incluyendo las de la acusación particular.
Contra la presente sentencia podrá interponerse recurso de apelación dentro de los 10 días siguientes a su notificación escrita.