El asesino de Isabel de la Rosa condenado a prisión permanente

Josechu Guillamón
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El letrado de la familia de la víctima, Mariano López Ruiz, recuerda que la sentencia no es firme y que la abogada del procesado tiene un plazo de 10 días para presentar recurso ante el Tribunal Superior de Justicia

Imagen de los agentes de la Policía Nacional en la vivienda del acusado, donde se encontró el cuerpo de María Isabel de la Rosa Cózar. - Foto: Rubén Serrallé

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Albacete ha condenado a la pena de prisión permanente revisable al hombre que fue declarado culpable de haber asesinado a la vendedora de la  ONCE María Isabel de la Rosa Cózar.

La sentencia también lo condena a un año de cárcel como responsable de un delito de hurto.

El abogado de la familia de la fallecida, Mariano López Ruiz, comentaba a La Tribuna de Albacete que se sentía muy satisfecho con la sentencia. «La sentencia está muy bien razonada, está dictada de acuerdo con lo que el jurado estimó como probado; es decir, con que los hechos eran constitutivos de un delito de asesinato. La pena la tenía que determinar la magistrada presidenta, pero con los parámetros que le dieron ha optado por imponer la pena de prisión permanente revisable, con lo cual estamos realmente satisfechos».

Imagen del condenado por el crimen de María Isabel de la Rosa.Imagen del condenado por el crimen de María Isabel de la Rosa. - Foto: EFEUna satisfacción que siente especialmente por la familia de María Isabel de la Rosa, que ha sufrido tanto. «Creo que se ha hecho justicia y esta mujer ya puede descansar en paz y también su familia».

En la misma línea añadía que «la familia lo que pretendía era que se impusiera la máxima pena, ante un hecho tan atroz y tan horrible y ejecutado de una forma tan cruel, como es el estar estrangulándola hasta que comprobó que había fallecido. Desde ese punto de vista estamos satisfechos con la pena impuesta».

En cualquier caso, el letrado recuerda que la sentencia no es firme y que la abogada del procesado tiene un plazo de 10 días para presentar un recurso.

Los hechos. En lo que se refiere a como sucedió el crimen, la sentencia señala que María Isabel de la Rosa Cózar, nacida el 18 de octubre de 1976, era vendedora de la ONCE, vivía con sus padres, J.M.R.G. y R.C.G., y con su hermano J.M.R.C. Tenía otra hermana, M.D.R.C., que vivía independiente del resto de la familia en otro domicilio.

El acusado A.G.S. mantenía desde hacía años una relación de amistad con María Isabel. Ambos coincidían en los locales a los que María Isabel iba a vender los cupones de la Once y en algunas ocasiones habían tomado cervezas juntos.

Alguna vez María Isabel le daba fiados los cupones y rascas que jugaba, comprometiéndose éste a pagárselos con posterioridad. Por este motivo, a mediados de agosto de 2021, Andrés le adeudaba la cantidad de 50 euros.

El día 19 de agosto de 2021, a las 16,11 horas, el acusado llamó al móvil de María Isabel y le propuso que pasara por su casa, sita en la calle La Estrella número 40, para abonarle el dinero que le debía. Al recibir la llamada, María Isabel, que conocía la dirección del acusado y que se encontraba cerca de la misma en ese momento, se dirigió al domicilio de éste llegando a los pocos minutos.

María Isabel llegó a la vivienda portando consigo su material de trabajo, entre el que se encontraba el TPV móvil, bolso bandolera y chaleco identificativo de la ONCE, diversos rascas y otros boletos de apuestas para la venta, además de dinero en efectivo, por importe que no ha sido probado, procedente de la venta realizada esa misma mañana de cupones y rascas.

En la vivienda ambos estuvieron hablando y tomando una cerveza, abonándole el ya condenado los 50 euros que le debía. Posteriormente, A.G.S. estuvo abriendo algunos rascas que le ofreció María Isabel, de los que llevaba para la venta, y, cuando había consumido una importante cantidad de ellos, por importe superior a 200 euros, María Isabel le dijo que tenía que pagárselos, manifestando el procesado que no tenía dinero, lo que dio origen a una discusión entre ambos.

En un momento dado, de forma sorpresiva e inesperada, A.G.S. le propinó un empujón a María Isabel que hizo que ésta, por los problemas de movilidad derivados de la minusvalía que padece, cayera al suelo, golpeándose con un sofá al caer, sin que resultara lesionada a consecuencia de tal golpe.

El crimen. María Isabel, postrada en el suelo, le dijo al acusado que lo iba a denunciar, refiriéndose al hecho de haberla empujado y caído al suelo, lo cual le afectó emocionalmente sintiendo temor al pensar en la posibilidad de volver a la cárcel, donde había estado años atrás cumpliendo una condena, pues creía que en la actualidad ese tipo de hechos estaba muy castigado por las leyes que protegen a la mujer y que castigan la violencia de género. 

Acto seguido y de forma inmediata, con ánimo de causarle la muerte y guiado por el propósito de que no se descubriera dicho maltrato y así evitar entrar de nuevo en la cárcel, aprovechándose de que María Isabel estaba en el suelo y de su fragilidad y limitaciones de movilidad debidas a su minusvalía, de las que era consciente, sin que le diera tiempo a levantarse y reaccionar, se abalanzó sobre ella de forma súbita e inesperada poniéndose encima a horcajadas, sin que ésta pudiera hacer nada para evitarlo y defenderse. Estando sobre ella en el suelo le sujetó con las rodillas un brazo y una pierna, impidiéndole la movilidad y que la misma pudiera defenderse. El acusado, al tiempo que la tenía inmovilizada, la cogió con las manos por el cuello apretándoselo de forma ininterrumpida hasta que consiguió asfixiarla causándole la muerte.

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