El Reglamento de Deforestación se aplaza

SPC
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El sector tendrá más tiempo para adaptarse a las nuevas normas de la UE para prevenir la venta en territorio comunitario de productos procedentes de tierras conseguidas a partir de la tala de árboles

El Reglamento de Deforestación se aplaza - Foto: Óscar Solorzano

El llamado Reglamento de Deforestación de la Unión Europea es una asunto espinoso. Se trata de una norma que prohíbe la venta en la Unión Europea de productos procedentes de tierras que han sido deforestadas para cultivar o criar ganado, lo cual en esencia es bueno. Pero, como suele suceder, nunca llueve a gusto de todos y hay dos ejemplos que ilustran bien sus efectos: mientras que a los agricultores les hace un favor, puesto que dejan de competir con cereales o leguminosas que llegan desde terceros países donde se permiten este tipo de prácticas, a los fabricantes de pienso, que han de importar materia prima desde esos terceros países, les pone en una tesitura complicada (con las consecuencias que eso puede tener para los ganaderos).

El reglamento iba a entrar en vigor a final de año, pero, ante las quejas de diferentes sectores, de muchos estados miembros y de países de fuera de la UE, la semana pasada los negociadores del Parlamento y del Consejo europeos alcanzaron un acuerdo político provisional para posponer la aplicación de las nuevas normas que contiene el texto. Los grandes operadores y comerciantes tendrán que respetar las obligaciones derivadas de este reglamento a partir del 30 de diciembre de 2025 y las micro y pequeñas empresas (por debajo de 50 empleados y menos de 10 millones de euros de negocio), paquete dentro del cual estarán la inmensa mayoría de las granjas españolas, a partir del 30 de junio de 2026.

Así, el texto ha experimentado enmiendas, como la que crea una nueva categoría de países que «no representan ningún riesgo» en materia de deforestación. Además, la Comisión ha prometido una futura evaluación de requisitos simplificados para los países que hayan demostrado prácticas de gestión forestal eficaces y sostenibles. También se ha incluido una «pausa de emergencia» para que el reglamento pudiera posponerse aún más si la plataforma en línea para empresas no está completamente operativa el 30 de diciembre de 2025 o si las clasificaciones de riesgo de los países no se publican al menos seis meses antes.

Tras el acuerdo, la ponente del Parlamento, Christine Schneider (PPE, Alemania), afirmó: «Lo prometimos y lo cumplimos: se acordó el aplazamiento de un año, de modo que las empresas, los silvicultores, los ganaderos y las autoridades tendrán un año adicional para prepararse. Además, nos aseguramos de que la Comisión Europea completará la plataforma en línea y la categorización de riesgos a su debido tiempo, lo que dará más previsibilidad a todos los participantes en la cadena de suministro. Por último, pero no por ello menos importante, en la fase de revisión se realizará una evaluación de impacto y una mayor simplificación para los países o regiones de bajo riesgo, lo que dará a los países un incentivo para mejorar sus prácticas de conservación forestal».

La ponente se ha quejado de la actitud del Consejo en el sentido de que el Parlamento habría preferido una mayor flexibilización: «Habríamos preferido que estas mejoras se plasmaran directamente en la ley, pero el Consejo se negó decepcionantemente. Ahora le toca a la Comisión cumplir con sus compromisos. Como Parlamento, seguiremos de cerca este proceso, ya que es urgente reducir la burocracia».

La votación sobre el acuerdo informal entre los colegisladores se añadirá al orden del día de la próxima sesión plenaria del Parlamento (del 16 al 19 de diciembre). Para que el aplazamiento entre en vigor, el texto acordado debe ser aprobado tanto por el Parlamento como por el Consejo y publicado en el Diario Oficial de la UE antes de finales de año.

Posibles soluciones.

Dar una solución satisfactoria para el sector ganadero a este asunto está incluido como punto número 13 del acuerdo suscrito en abril pasado entre el Ministerio de Agricultura y Unión de Uniones y UPA, en el que se recoge que se deber establecer una aplicación simplificada para el sector vacuno de carne español (el más afectado), de forma que los ganaderos no tengan que soportar carga burocrática alguna y puedan basar el cumplimiento con el futura nueva norma en la aplicación de los mecanismos ya existentes sobre registro de explotaciones y trazabilidad.

La cuestión ha sido abordada en las mesas de seguimiento en varias ocasiones y Unión de Uniones ha propuesto estudiar un sistema similar al de mantenimiento de pastos en la anterior PAC (si no se ha producido una reducción de la superficie de pastos a nivel nacional, todos cumplían). No obstante, la actual redacción del reglamento haría inviable esta salida ya que se exige una trazabilidad explotación por explotación. El Ministerio de Agricultura y el de Transición Ecológica están sopesando qué sistema permite acreditar individualmente a los ganaderos que su producción no se basa en productos procedentes de tierras deforestadas con las herramientas ya existentes y sin que implique mayores cargas administrativas.

 

Contexto.

La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) estima que entre 1990 y 2020 se perdieron 420 millones de hectáreas de bosque (una superficie mayor que la de la UE) debido a la deforestación en todo el mundo. No obstante, también según la FAO, en ese mismo período la superficie forestal en la UE ha crecido en 10 millones de hectáreas. La Comisión centra el problema en que el consumo de la UE tira de materias primas (sobre todo aceite de palma y soja) que mueven a la deforestación de tierras para su producción en países terceros. Según la Comisión ese consumo ha provocado el 10% de la deforestación mundial.

El Reglamento de Deforestación, aprobado por el Parlamento el 19 de abril de 2023, tiene como objetivo evitar la deforestación relacionada con el consumo en la UE de productos derivados del ganado, el cacao, el café, el aceite de palma, la soja, la madera, el caucho, el carbón vegetal y el papel impreso. En vigor desde el 29 de junio de 2023, sus disposiciones debían ser aplicadas por las empresas a partir del 30 de diciembre de 2024, y esta fecha límite es la que ahora ha sido ampliada.