Condenado a 24 años por abusar de sus dos hijas en Tomelloso

M.E.
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La Audiencia Provincial considera probado que este ciudadano colombiano agredió sexualmente en Tomelloso a las dos pequeñas engañándolas con el juego de la 'gallinita ciega'

Condenado a 24 años por abusar de sus dos hijas menores

El ciudadano colombiano C. E. F. C. ha sido condenado por la Audiencia Provincial a una pena global de 24 años de prisión por un doble delito de agresión sexual a menor, siendo las víctimas sus dos hijas, que en el momento de los hechos, sucedidos en Tomelloso, tenían 6 y 7 años de edad. Además, el acusado deberá indemnizar a cada hija con 20.000 euros por daños morales y, cuando cumpla la parte principal de la pena y acceda al tercer grado o se le conceda la libertad condicional, será expulsado de España, país al que no podrá regresar en un plazo de 10 años. Penas que se suman a la pérdida de la patria potestad sobre las dos niñas durante un periodo de 6 años, además de la inhabilitación para cualquier trabajo o profesión que requiera contacto con menores de edad. Tampoco podrá acercarse a las niñas a menos de 500 metros ni comunicarse con ellas durante 10 años.

La Audiencia Provincial, en la sentencia a la que ha tenido acceso La Tribuna, considera probado todo el relato que sostenía tanto la Fiscalía como la acusación particular, que solicitaban al tribunal las mismas penas que finalmente se le han impuesto al procesado. Fue en mayo de 2020, cuando éste se quedó a cargo de sus dos hijas al ausentarse la madre. Cuando las niñas jugaban a la 'gallinita ciega', éste les dijo que quería jugar con ellas. Se metió en el cuarto de baño, se desnudó y les dijo que entraran, primero una y después la otra. Allí las esperó desnudo, con una toalla tapándose las partes íntimas. Les vendó los ojos con una camiseta, se untó el miembro con nocilla y les dijo que "buscaran el chocolate" con la boca, actos que duraron entre 3 y 5 minutos y que cesaron cuando las niñas le dijeron a su padre que no les gustaba ese juego y que no querían seguir jugando. Acto seguido, él les limpió la boca con una servilleta y les pidió que no le dijeran nada a su madre. Todos estos hechos fueron conocidos por la madre de las menores meses después, cuando éstas cambiaron de domicilio por la separación de los padres.

En su sentencia, la Audiencia considera una "prueba fundamental" el testimonio de las niñas, que resultaron "sustancialmente iguales, sin caer en ningún tipo de contradicción relevante, que afecte al núcleo de los hechos probados". Una versión que siempre negó el padre, que durante el juicio responsabilizó a la madre de haberse inventado esta grave acusación en el marco de un proceso de separación muy complicado, y que obedecía también a la "obsesión" que ella tenía con los abusos sexuales al haber sido ella también víctima de uno de ellos.

Ante esta sentencia cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.