El Ayuntamiento va a convocar ayudas económicas para necesidades básicas a personas y familias en situación de exclusión social, la denominada "tarifa social", así como otras ayudas para la tasa de basuras destinadas a pensionistas y otras del fondo social de alquiler. Las solicitudes podrán presentarse en un plazo entre 20 y 30 días a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, según la convocatoria.
La concejal de Asuntos Sociales, Llanos Navarro, ha informado de que "hemos querido cubrir diversas situaciones que puede llegar a derivar en exclusión social, y vamos a destinar un presupuesto importante para atender a quienes lo necesiten. La primera de estas ayudas tiene como finalidad atender situaciones de vulnerabilidad social de personas y familias con dificultades económicas para cubrir necesidades básicas (alimentación, higiene y vestido) o situaciones excepcionales de emergencia, previo informe de los servicios sociales".
Se destinarán a estas ayudas 200.000 euros, aunque Navarro asegura que "esta cuantía podrá incrementarse sin necesidad de nueva convocatoria, siempre que haya disponibilidad de crédito presupuestario. Todo el que lo necesite recibirá esta ayuda, que es un ejercicio de solidaridad por parte del Ayuntamiento".
Cada persona solicitante y su unidad de convivencia han de estar empadronadas en la ciudad de Albacete, con anterioridad a la fecha de la solicitud. También será un requisito no haber recibido ayuda económica por el mismo concepto en los seis meses anteriores a la convocatoria; no ser titular ni beneficiario del Ingreso Mínimo Vital, tener realizada la valoración de la situación social, y participar en las estrategias de inclusión propuestas por los Servicios Sociales e incorporadas en el Plan de Atención Social.
La ayuda se concederá para hacer frente a gastos de necesidades básicas como alimentación, higiene y vestido, así como situaciones excepcionales de emergencia previo informe de los servicios sociales. Se establece una cuantía fija en función de los miembros de la unidad de convivencia, desde los 700 euros hasta los 1.400 euros.
Las ayudas económicas se concederán entre las que cumplan los requisitos, siempre que exista consignación presupuestaria; en caso contrario se priorizarán las familias monoparentales, seguidas de las unidades familiares con menores y con personas dependientes a su cargo.
El pago será en modalidad de pago único, y no requerirá otra justificación que la de acreditar el encontrarse en la situación que motiva la concesión de la ayuda, aunque los servicios municipales podrán establecer controles para verificar la justificación, así como que la ayuda se destinar al fin para el que fue concedida.
Fondo social de alquiler. Por lo que se refiere al Fondo Social de Alquiler, éste tiene por objeto atender situaciones de vulnerabilidad social de personas y familias con dificultades económicas, permitiendo la permanencia en la vivienda habitual y evitando la exclusión residencial. El importe de las ayudas será el correspondiente a la diferencia entre el 30% de los ingresos mensuales de la unidad familiar de convivencia, y el importe mensual del alquiler, multiplicado por un periodo de hasta seis meses máximo.
Para estas ayudas destinarán 200.000 euros, cuantía que como en el caso anterior podrá incrementarse sin necesidad de nueva convocatoria si hay disponibilidad de crédito presupuestario.
Podrán beneficiarias las personas físicas que sean titulares del contrato de alquiler y reúnan los requisitos, residentes en el municipio de Albacete y sus pedanías. No podrá acogerse el alquiler de habitaciones, ni los contratos de arrendamiento a través de entidades sin ánimo de lucro o fundaciones.
La unidad de convivencia no debe superar el límite de ingresos económicos establecidos en esta convocatoria (entre los 1.450 y los 2.658 euros, según el número de miembros de la unidad familiar), y no deben haber recibido ayuda por el mismo concepto en los seis meses anteriores, ni disponer de vivienda en propiedad cualquiera de las personas que componen la unidad de convivencia. El alquiler mensual debe estar entre 150 y 600.
Una misma persona podrá solicitar tanto la ayuda para contribuir al pago del alquiler de hasta seis mensualidades, como una ayuda máxima de 2.500 euros para personas que tengan deuda de alquiler y tengan iniciado un expediente judicial de desahucio y hayan abonado el 30% de la deuda.
Pago de tasas de basura a pensionistas. Por último, también se ha aprobado la convocatoria de ayudas a favor de personas titulares de pensión mínimas, para el pago de la tasa de recogida de basuras ya abonada por la persona en 2023. Para estas ayudas se destinarán 24.000 euros, cantidad que podrá ser ampliable si exista disponibilidad presupuestaria.
Pueden ser beneficiarias las personas empadronadas y con domicilio habitual en Albacete con pensiones mínimas y que sean contribuyentes titulares de la tasa, o bien, en el supuesto de arrendamiento de la vivienda, que la tasa deba pagarla la persona arrendataria según el contrato de alquiler. En el caso de ser pensionista de viudedad se admitirá la devolución de la tasa aunque en el recibo figure todavía a nombre del cónyuge fallecido
Los peticionarios deben estar recibiendo una pensión mínima contributiva o no contributiva, en concepto de jubilación, invalidez, incapacidad permanente, total o absoluta, viudedad, orfandad, en favor de familiares y SOVI (seguro obligatorio de vejez e invalidez). En caso de concurrir en la misma persona dos o más pensiones, la suma de ellas no podrá exceder los1.549,90 euros.
La ayuda consistirá en el 100% de la tasa de basura satisfecha, y se hará en un único pago.